Defensorías

Laboral

Las Defensorías del Trabajo brindan asesoramiento y representación legal gratuita en cuestiones laborales a los beneficiarios del sistema, garantizando el acceso a la justicia a personas que, por su situación económica, no pueden contar con un abogado particular.
 
Su objetivo es defender los derechos de las personas en situaciones como despidos, conflictos laborales, falta de pago de salarios, indemnizaciones, accidentes o enfermedades de trabajo y empleo no registrado.
 
También acompañan a quienes requieren intervención judicial en trámites no contenciosos, tales como:
  • acreditación de convivencia para pensiones o indemnizaciones;
  • incorporación de convivientes o hijos/as a obras sociales;
  • otras gestiones de jurisdicción voluntaria vinculadas con derechos laborales o de seguridad social.

¿A quiénes asisten?

Trabajadores y trabajadoras
Representan a las personas trabajadoras que solicitan patrocinio jurídico y son beneficiarias del sistema de asistencia jurídica gratuita. También intervienen cuando así lo dispone el tribunal, por ejemplo, si la persona trabajadora no concurre a una audiencia judicial.
Niños, niñas y adolescentes menores de 18 años
Ejercen la representación legal que la ley establece para las personas menores de edad que participan en procesos laborales.
Demandados ausentes citados por edictos
Representan a las personas demandadas que han sido citadas por edictos y no comparecen en el proceso judicial.
Demandados beneficiarios del sistema de asistencia jurídica gratuita
Patrocinan a demandados que demuestren no tener ingresos suficientes para pagar un abogado de la matrícula
Trámites de jurisdicción voluntaria
También intervienen en actos de este tipo, relacionados con asuntos de trabajo y seguridad social, promovidos por personas beneficiarias del sistema de asistencia jurídica gratuita.

En estos casos, analizan la prueba producida y emiten el dictamen correspondiente antes de que el juez dicte una resolución.
Asimismo, las Defensorías del Trabajo representan a personas rebeldes y a todas aquellas cuya asistencia les sea encomendada por la ley.